Deporte en cuarentena: ¿Qué se puede hacer y que no en Colombia según el decreto 847?


El Gobierno informó a través del Ministerio del Deporte que las prácticas individuales para atletas profesionales y aficionados pueden reiniciarse

Después de la intervención del Ministro del Deporte la tarde anterior, este es el resumen de su alocución. 

"Hoy podemos decirle al país que después de analizados los protocolos por parte del Ministerio de Salud, tendremos el inicio de prácticas deportivas de manera individual y del FPC", dijo el ministro del Deporte, Ernesto Lucena sobre las medidas que se aplicarán para retomar estas actividades en las que los gobiernos municipales serán fundamentales para establecer los lineamientos que se rigen bajo lo establecido por MinSalud. Hay que tener en cuenta que el único deporte de contacto habilitado para las prácticas individuales es el fútbol.

"Este decreto 847 de 2020 nos ayuda a recuperar las actividades deportivas. No solo el deporte de alto rendimiento puede iniciar sus prácticas individuales, sino también el deporte aficionado. Ha sido un trabajo a conciencia con mucha ciencia detrás, no ha sido fácil", manifestó el ministro Lucena haciendo referencia a esta medida, que también sufrió cambios en los tiempos permitidos para salir a hacer deporte, así como se habló de la habilitación de piscinas y polideportivos para los atletas profesionales. 

Gobiernos locales, claves para la reactivación

"Trabajaremos con los alcaldes de los municipios, para que los otros deportes de alto rendimiento y aficionados puedan comenzar esas prácticas y llevar adelante lo que veníamos trabajando con el Ministerio de Salud, que es hacer ejercicio, recuperar la vida y la actividad física, pero con mucho cuidado y obviamente protegiendo la salud de los atletas", complementó Lucena.

¿Qué se puede hacer a nivel deportivo?

Vale destacar que para los deportistas profesionales los protocolos están establecidos según su disciplina y según lo dicho por el Ministerio del Deporte, las piscinas y polideportivos solo podrán utilizarse para la práctica deportiva de manera individual por deportistas profesionales de alto rendimiento.

Para los deportistas aficionados y demás personas que quieran hacer deporte al aire libre se logró aumentar el tiempo de ejercitarse.

- Puede realizar actividad física al aire libre, por un periodo máximo de dos horas si están entre los 18 y 69 años.

- Niños mayores de 6 años, 3 veces por semana durante 1 hora.

- Niños entre 2 y 5 años, 3 veces por semana durante 30 minutos.

- Mayores de 70 años, 3 veces por semana durante 1 hora.

Restricciones para la práctica del deporte

- Práctica deportiva y el ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación así como los deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.

- Los horarios están sujetos a las medidas que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales y teniendo en cuenta los protocolos de bioseguridad que se establezcan.

- A puerta cerrada, no habrá espectáculos este año con público.

Finalmente, el Gobierno Nacional permitirá el reinicio progresivo de las disciplinas deportivas, según la evolución de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19.

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